En Alemania, las entidades deben cumplir unos requisitos organizativos internos definidos con precisión y establecidos por ley en el artículo 25a de la Ley bancaria alemana (KWG). La Autoridad Federal de Supervisión Financiera controla el cumplimiento de estos requisitos. – Ver plan de organización. – Ver plan de organización. – Cf. Informe mensual del Deutsche Bundesbank de diciembre de 2006, p. 75 (revisión periódica en el curso de la capacidad de riesgo).
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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