Relación de corresponsalía bancaria

Un acuerdo por el que un banco, el banco liquidador, el banco proveedor de servicios o el corresponsal, realiza o recibe pagos – pudiendo realizar además otros servicios bancarios – en nombre de otro banco, el banco cliente, el banco usuario o el demandado. – Los pagos de los bancos corresponsales suelen realizarse a través de cuentas mutuas, las llamadas cuentas nostro y loro. Pueden estar vinculadas a líneas de crédito. – Una cuenta nostro (nostro = nuestro) es una cuenta mantenida por el banco nacional residente en la zona del euro en moneda extranjera -prácticamente en USD, CHF o JPY- en un banco extranjero. Una cuenta loro (loro = su, ella) es una cuenta que el banco nacional mantiene para el banco corresponsal extranjero en moneda nacional – prácticamente en euros. – Ver alianzas, transfronterizo, certificado de acciones, dinero de la guardia, cuenta loro, banco de transacciones.

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

Zitieren

Merk, G. (Hrsg.): „Relación de corresponsalía bancaria“. In: Finanz- und Wirtschaftslexikon. https://www.gerhardmerk.de/relacion-de-corresponsalia-bancaria/ (Stand: 28.08.2022).

Die von Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk begründete Sammlung wird seit Herbst 2014 von Professor Dr. Dr. h.c. Eckehard Krah redaktionell fortgeführt und um neue Begriffe ergänzt. Sollten Sie Fehler entdecken oder sonstige Hinweise haben, schreiben Sie an: info@ekrah.com

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