La exigencia, que se ha hecho cada vez más patente a raíz de la crisis de las hipotecas de alto riesgo, de que las agencias de calificación revelen sus modelos de calificación en detalle a la autoridad supervisora por ley o reglamento. – Las agencias de calificación sólo utilizarían la información de acceso público; la información privada y confidencial -incluso de los informantes de la empresa en cuestión- ya no podría incluirse en el juicio; por lo tanto, la calificación sería peor como resultado; – las empresas calificadas tendrían sus datos diseñados y estructurados de tal manera que recibirían mejores calificaciones (muescas); y – los nuevos productos financieros también encajarían en la parrilla de la agencia de calificación desde el principio (ajustados de antemano; “hinneindesignet” en la jerga), porque se conocen las normas de calificación: Sin embargo, como la crisis de las hipotecas de alto riesgo ha demostrado en ocasiones, esto es precisamente lo que ha producido en última instancia papeles de titulización sin valor. – Véase agencia de calificación, requisitos legales, ajuste de calificación, denunciante.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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