Regulación de la banca paralela

Dado que ninguna autoridad supervisora tiene una visión general de los riesgos que se han externalizado al sector bancario en la sombra, el BCE propuso a principios de 2012 introducir una regulación indirecta en este ámbito. Por el momento, esto se hará en un solo paso, a saber, que todas las relaciones de las instituciones con los bancos en la sombra se divulguen y se sometan a supervisión. – Véase Supervisión, indirecta, Consejo de Estabilidad Financiera, Peer-to-peer lending. — Informe anual del BaFin de 2011, p. 56 y siguientes (informe detallado sobre cuestiones de definición, sobre la supervisión del riesgo y sobre los enfoques de la regulación coordinada a nivel internacional), Informe de estabilidad financiera de 2012, p. 78 (situación de datos inciertos), Informe mensual del Deutsche Bundesbank de octubre de 2013, p. 54 y siguientes (supervisión y regulación del sector bancario en la sombra por el Consejo de Estabilidad Financiera), Informe anual del BaFin de 2013, p. 27 y siguientes (regulación a nivel mundial).

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

Zitieren

Merk, G. (Hrsg.): „Regulación de la banca paralela“. In: Finanz- und Wirtschaftslexikon. https://www.gerhardmerk.de/regulacion-de-la-banca-paralela/ (Stand: 28.08.2022).

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