La persona o entidad que en última instancia debe realizar el pago en caso de incumplimiento. – Si un préstamo está respaldado por garantías de los Estados miembros de la UEM, como en el caso de la ayuda del Mecanismo Europeo de Estabilización, los presupuestos nacionales de los países afectados son responsables de estas sumas. No se puede descartar por completo que los nuevos parlamentos elegidos y los gobiernos resultantes se nieguen a pagar. Los propietarios de los instrumentos de deuda afectados -como los bonos del Estado griego- serían entonces los portadores últimos del riesgo. En la medida en que los fondos de pensiones, por ejemplo, hayan invertido en estos valores, el daño se trasladaría a las partes inactivas. – Véase prioridad de los acreedores, disposición de último recurso, bail-in, blindaje de riesgos, transferencia de riesgos, deuda soberana, denegación, gravamen de activos.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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