Precio al que el comprador está obligado a vender los activos al vendedor en virtud de un acuerdo de recompra. – El precio de recompra suele ser igual a la suma del precio de compra y la prima de precio, que es el interés sobre el importe de la liquidez proporcionada durante la vida de la operación. – Ver opción.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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