Operaciones de derivados, bilaterales (operaciones de derivados extrabursátiles)

Una forma preferida de derivados en ciertos segmentos del mercado han sido los contratos entre dos socios. Esto significa que el volumen de negocios del mercado de derivados es poco transparente para terceros y, sobre todo, para las autoridades de supervisión. Por lo tanto, no se sabe qué efectos tendría el uso de derivados en caso de crisis. – Este peligro se ve agravado por el hecho de que sólo unos pocos “grandes actores” negocian en los distintos segmentos del mercado de derivados en todo el mundo. Debido a la escasa transparencia del mercado, la mayoría de las pérdidas tampoco se detectan. Por eso se pide reiteradamente que se prohíban las transacciones a dos bandas y las que no son de mercado. – En el verano de 2006, se supo que el fondo de cobertura Amaranth Advisors LLC perdió más de la mitad de sus casi 10.000 millones de euros en pocos días por una especulación errónea con los futuros del gas natural. Como la mayoría de los contratos eran bilaterales, las operaciones de riesgo quedaron completamente ocultas al mercado y a los reguladores. – En otoño de 2009, el G20 acordó una serie de medidas para supervisar el mercado de derivados OTC, sobre todo el establecimiento de contrapartes centrales, la prohibición de negociar fuera de los mercados organizados y la obligación de informar a un registro central de transacciones. La obligación de liquidar todas las operaciones a través de contrapartes centrales (cámaras de compensación, en definitiva: compensadores) supone una importante reducción del riesgo. Agrupan las órdenes, aumentan la transparencia y reducen los costes de las transacciones. Pero, sobre todo, asumen el riesgo si una de las partes implicadas en la operación incumple. Por su parte, el liquidador exige garantías a los participantes en el mercado, por ejemplo en forma de valores de bajo riesgo, como bonos de emisores de primera clase. – Véase Departamento de liquidación, Derivados, Obligación de compensación de derivados, Obligación de información de derivados, Obligación de información de derivados, Futuro, Comportamiento del rebaño, Nodo, Riesgo de crédito, Derivado de crédito, Opción, Correr, Apurar la salida. – Cf. Informe anual de BaFin 2009, p. 17, p. 42 (lagunas de supervisión que deben cerrarse); Informe anual de BaFin 2011, p. 43 y siguientes (el mercado de derivados OTC está ahora regulado; detalles), Informe anual de BaFin 2012, p. 62 (las operaciones con derivados extrabursátiles a través de entidades de contrapartida central se incluirán en la regulación), así como el respectivo Informe Anual de BaFin, capítulo “Internacional”, Informe de Estabilidad Financiera 2012, p. 92 y ss. (mercado de derivados extrabursátiles desde 2003; cuestiones de regulación), Informe Anual de BaFin 2013, p. 163 (nuevos requisitos para las operaciones con derivados extrabursátiles a través de la Ordenanza de Derivados modificada).

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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

Zitieren

Merk, G. (Hrsg.): „Operaciones de derivados, bilaterales (operaciones de derivados extrabursátiles)“. In: Finanz- und Wirtschaftslexikon. https://www.gerhardmerk.de/operaciones-de-derivados-bilaterales-operaciones-de-derivados-extrabursatiles/ (Stand: 28.08.2022).

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