Mayoría de acciones (US

acciones): En principio, el número de acciones que representan más de la mitad del capital nominal de una sociedad anónima (mayoría ordinaria). Sin embargo, a veces también se habla de mayoría cualificada, es decir, de una mayoría de dos tercios o de tres cuartos. – Según el derecho de sociedades alemán, se requiere una mayoría de tres cuartos para determinados asuntos, como la disolución de la empresa, la reducción del capital o la modificación de los estatutos. – Los estatutos de la sociedad anónima también pueden prever determinadas mayorías de voto para otros acuerdos (votación por mayoría). – Véase Autorización de los derechos de voto. – Cf. Informe anual 2008 de BaFin, p. 168 (sobre la cuestión de la agregación de los derechos de voto a efectos de supervisión).

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

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