En el sentido de la Ley de Adquisiciones y OPAs alemana (Wertpapiererwerbs- und Übernahmegesetz, WpÜG) de 2002, se trata de – personas físicas o jurídicas o sociedades, – que solas o junto con otras personas – hacen una oferta de adquisición o de compra o – están obligadas a hacer una oferta obligatoria. – Véase Actuación en concierto, OPA en picado, Actuación a hurtadillas, OPA relámpago, OPA de adquisición, Chantaje verde, OPA obligatoria, Caballero, Blanco, Bonificación por transacción, OPA, Recurso de adquisición, Ataque por sorpresa. – Véase el Informe Anual 2001 de la Oficina Federal de Supervisión del Comercio de Valores, p. 38 y siguientes, el Informe Anual 2003 del BaFin, p. 202 y siguientes (sobre la práctica de la supervisión), así como el respectivo Informe Anual del BaFin, sección “Ofertas públicas de adquisición de empresas”; en cada caso también se ofrece una visión general y comentarios sobre el procedimiento de oferta pública de adquisición.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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