Pago que debe realizarse en caso de incumplimiento o violación del contrato; también se denomina penalización, penalización contractual y penalización de convenio (un pago exigido por el incumplimiento de un contrato). – En la Iglesia antigua, en relación con el sacramento de la penitencia, obligación impuesta al penitente de pagar una determinada cantidad de dinero a una dirección designada por el confesor (confesor: sacerdote que escucha las confesiones y está autorizado a conceder la absolución); normalmente a una persona o institución que ha sufrido un daño por las acciones del penitente. – La multa o sanción impuesta por un tribunal o autoridad – en particular también el recargo impuesto por la oficina de impuestos (CH: Steueramt; oficina de ingresos) para el pago debido a la violación de las normas fiscales (impuesto punitivo aplicado para evitar el incumplimiento, como el pago insuficiente del impuesto sobre la renta o el incumplimiento de las normas que rigen una actividad empresarial). – Una suspensión o sanción impuesta por un tribunal deportivo contra un jugador o equipo (una desventaja o una multa monetaria por defecto impuesta a un jugador o equipo por juego ilegal). – Véase dinero de indulgencia, enmiendas, anatas, dinero de confesión, dinero de penitencia, pacto, dinero de dispensación, dinero perdonado, dinero de la catedral, dinero de la iglesia, dinero de negligencia, dinero de sacrificio, dinero de orden, dinero paliativo, penique de San Pedro, dinero de procuración, dinero de pena.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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