Pago al armador (Reeder; propietario de un buque) si el buque no se carga o descarga a tiempo (período de inactividad, detención) de acuerdo con el convenio contractual entre el armador y el fletador (Charterer), véase para Alemania el artículo 568 y siguientes. HGB. Lo mismo se aplica a otros medios de transporte (se aplicará un reglamento correspondiente a otros medios de carga). – En el caso de las compras en la bolsa de productos, el pago adicional al precio si la mercancía adquirida no se recoge en el plazo acordado; en este caso suele llamarse también gasto de almacenamiento, gastos de depósito. – Tasa por el anclaje de los yates en un puerto de embarcaciones (puerto deportivo: un muelle para pequeños yates y cruceros con cabina, que suele ofrecer también servicios de abastecimiento, reparación y otros para embarcaciones de recreo), también llamada tasa de varada de yates y tasa de puerto de embarcaciones. – Véase Auseisunggeld, Bordinggeld, Furtgeld, Gussgeld, Hafengeld, Kaaggeld, Kaigeld, Krangeld, Lastgeld, Leichtergeld, Leuchtturmgeld, Lotsengeld, Mützengeld, Packhofgeld, Pratikageld, Standgeld, Wartegeld, Schleusengeld.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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