Un prestatario -por ejemplo, un constructor- sólo responde del préstamo con la garantía aportada para ello -en este caso: la casa-, pero no con sus bienes más allá de eso. Se ha demostrado que esta restricción, que se aplica en algunos países, fomenta el endeudamiento descuidado. – Véase colateralización, préstamos ninja, crisis de las hipotecas de alto riesgo, crédito veintidós.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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