Desde 1990, toda oferta pública de venta de valores en Alemania debe ir precedida de un folleto de valores. Además, para la admisión a cotización en las bolsas alemanas, se requiere un folleto de cotización en el segmento del mercado oficial y un informe de la empresa en el mercado regulado, todo lo cual debe presentarse a la Oficina Federal de Supervisión de Servicios Financieros para su aprobación antes de la publicación. – A partir del 1 de julio de 2005, también se ha introducido en Alemania la obligación de presentar un folleto para las inversiones. El
Contenido del El contenido del folleto de venta regula un activo independiente
Ordenanza sobre prospectos. En el transcurso de la misma, están sujetos a los requisitos del prospecto de conformidad con el artículo 8 f párrafo.
1 VerkProspG incluye, en general, todas las acciones de empresas, bonos nominativos, participaciones en fideicomisos y otros fondos cerrados no acreditados por valores. Las acciones de la empresa incluyen, en particular, las acciones de las sociedades colectivas, como las acciones de las sociedades limitadas y las acciones de GbR. Sin embargo, las acciones de las sociedades de responsabilidad limitada, los derechos de participación en los beneficios no titulados y las participaciones sin voto también están sujetos a la obligación de prospecto. Las acciones de empresas extranjeras también están sujetas a la obligación de prospecto si se ofrecen al público en Alemania. Existe una oferta pública cuando se invita a un grupo indeterminado de personas a presentar una oferta (oferta de compra) a través de cualquier medio, incluido Internet. – Véase ofertas de participación, historial financiero complejo, información, asimétrica, colocación privada, base de datos de prospectos, legislación sobre prospectos de la UE, registro para inversores cualificados, oferta de intercambio, Ley de prospectos de valores (ventas). – Cf. Informe anual de 2001 de la Oficina Federal de Supervisión del Comercio de Valores, p. 16 y siguientes, Informe anual de 2003 del BaFin, p. 196 y siguientes, Informe anual de 2005 del BaFin, p. 38 y siguientes. (armonización de la legislación sobre prospectos), p. 138 y ss. (requisito de folleto para las inversiones en activos), p. 140 (visión general de la normativa legal), p. 143 y siguientes (folletos de venta de inversiones en activos), Informe Anual de BaFin 2006, p. 34 (nuevo grupo de trabajo del CERV sobre la armonización práctica de la legislación sobre folletos en toda Europa), p. 148 y siguientes (revisión en curso de los folletos), Informe Anual de BaFin 2007, p. 156 y siguientes (BaFin interviene contra las ofertas por Internet; revisiones de los folletos: Deficiencias; cuestiones jurídicas; registro para inversores cualificados poco utilizado), Informe Anual de BaFin 2008, p. 48 (experiencias con el folleto simplificado), p. 175 (decisión sobre el cálculo de la tasa de BaFin), Informe Anual de BaFin 2009, p. 196 f. (ofertas no autorizadas en Internet), Informe Anual de BaFin 2010, p. 213 (procedimiento de aprobación desglosado), Informe Anual 2013, p. 177 /aprobaciones 2012 y 2013; inclusión de más productos en el requisito de folleto; cambios en los derechos de suscripción sujetos a folleto), así como el respectivo Informe Anual de la BaFin, capítulo “Supervisión de la negociación de valores y de la actividad de inversión”.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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