Instrumento de deuda

En general, cualquier declaración en la que un deudor manifiesta su intención de realizar un pago a un acreedor. – El término “escritura” se entiende ampliamente en la doctrina jurídica tradicional como una imagen lingüística compuesta por material y escritura (escritura), y por lo tanto requiere como norma que el documento sea legible como documento escrito sin ayudas técnicas. – Todavía se discute si otras formas, como un mapa, pueden incluirse en el término “instrumento de deuda” y en qué medida. Sin embargo, últimamente el término “documento” parece entenderse en general en un sentido más amplio, es decir, como cualquier tipo de declaración humana de pensamiento claramente presentada y plasmada. – En la teoría jurídica inglesa, un documento se considera comúnmente como una forma de información; por lo tanto, podría ponerse ordinariamente en forma electrónica y almacenarse en un ordenador como un archivo. – Véase Manzipation, Namenspapier, Übertragungsurkunde.

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

Zitieren

Merk, G. (Hrsg.): „Instrumento de deuda“. In: Finanz- und Wirtschaftslexikon. https://www.gerhardmerk.de/instrumento-de-deuda-3/ (Stand: 28.08.2022).

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