Dinero de la procuración, también sólo procuración (visita episcopal debida)

Un pago anterior que las parroquias tenían que hacer cuando el obispo encargado las visitaba. Originalmente un pago en especie para la manutención del pastor principal que estaba en el lugar para supervisar (visita; Visitación) y administrar el sacramento de la Confirmación, la tasa se transformó en un pago en dinero y en 1338 el Papa Benedicto XII la estableció como una tasa básicamente fija para varios países. – Ver dinero de la indulgencia, abate, anatas, dinero de la confesión, caristerio, dinero de la dispensa, dinero de la catedral, dinero de la iglesia, dinero de la ofrenda, dinero de los paliativos, penique de San Pedro, dinero de los cuatros, dinero del seminario.

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

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Merk, G. (Hrsg.): „Dinero de la procuración, también sólo procuración (visita episcopal debida)“. In: Finanz- und Wirtschaftslexikon. https://www.gerhardmerk.de/dinero-de-la-procuracion-tambien-solo-procuracion-visita-episcopal-debida/ (Stand: 28.08.2022).

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