Acuerdo elaborado bajo los auspicios del Banco de Inglaterra en caso de quiebra de grandes empresas en Inglaterra. El núcleo del acuerdo consiste en que – un banco no cobra sus préstamos pendientes por el momento y no presiona para que se abra un procedimiento de insolvencia, – los bancos afectados por los préstamos morosos a la empresa cooperan y coordinan todos los pasos, y – los bancos afectados comparten las posibles pérdidas según un determinado sistema. – El trasfondo del procedimiento de Londres es el hecho de que la experiencia demuestra que los bancos y todas las partes implicadas están mejor si la empresa continúa y sale de la crisis que si quiebra. – Véase crac, fondos de cobertura, insolvencia, acuerdo entre acreedores, programa de reparto de la carga de la crisis, reintermediación, capital riesgo, sistema de reparto de pérdidas, norma de prioridad, incondicional. – Cf. FMI: Cuestiones económicas 31: Reestructuración del sector empresarial.

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
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