Colateralización automática
En el marco de una relación contractual regular entre el banco y el cliente, la compensación de las posibles lagunas a corto plazo en la liquidación del precio de compra de los valores recién adquiridos mediante el hecho de que – los valores ofrecidos por el cliente se utilicen en consecuencia (reservas de garantía) o – el banco mantenga en custodia los valores adquiridos por cuenta del cliente pero aún no pagados por el momento (flujos de garantía), sin que por regla general se requieran acuerdos especiales (normalmente sin que se requiera un acuerdo contractual especial).
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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