Fondo de garantía
Capital invertido de forma segura con un proveedor de servicios financieros -especialmente en valores públicos de alta calificación- y gestionado especialmente con el fin de garantizar el reembolso de los valores emitidos al final de su plazo. – Fondo de inversión en el que la sociedad gestora de capital que gestiona el fondo se compromete ante los inversores a que cada uno de ellos recupere un determinado porcentaje del valor de la emisión cuando se reembolse su participación. Este compromiso se aplica independientemente del rendimiento del fondo. – Fondo que paga una indemnización a los inversores no morosos por las pérdidas que sufren en caso de que uno o varios partícipes incumplan sus obligaciones. – Otro término para referirse a un fondo para incendios. – La ayuda establecida por el Gobierno alemán a mediados de octubre de 2008 para las entidades que se vieron en dificultades en el transcurso de la crisis de las hipotecas de alto riesgo; principalmente para reconstruir el mercado monetario interbancario, que casi se había paralizado, y para restablecer la confianza de todos los participantes en el mercado. Es cierto que las garantías estatales tienen un efecto distorsionador de la competencia en este ámbito. Ya no es la solvencia de un banco la que determina el interés que tiene que pagar por un nuevo bono. Mucho más importante es la solvencia del Estado que garantiza la emisión. – En el caso de los seguros, la normativa sobre los importes mínimos para garantizar los siniestros de los asegurados, regulada detalladamente en el Reglamento de Adecuación del Capital (KapAusstV) y en el Reglamento de Adecuación del Capital de Reaseguro [RückKapV]. – Véase rescate bancario, rescate bancario, reversión, seguro de depósitos, producto de garantía, certificado de garantía, sistema de garantía cruzada, crisis de garantía, riesgo moral, pool, obligación de garantía, vehículo de reembolso, sistema de desbordamiento. – Cf. Informe anual 2006 de BaFin, p. 154 (distinción entre compromiso de mantenimiento de capital, compromiso de pérdida máxima y garantía de cumplimiento; importancia de la fecha de referencia), Informe mensual del Deutsche Bundesbank de agosto de 2009, p. 83 (efecto del fondo de garantía en el sentido de sobre la deuda pública), Informe anual 2013 de Bafin, p. 128 (nueva regulación del fondo de garantía en el sentido de ).
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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