Umbral (punto de activación)

La cantidad de liquidez proporcionada por el banco central que se determina de antemano y a la que se realiza un ajuste de márgenes. – El importe de los fondos propios de responsabilidad del prestatario por encima del cual una entidad de crédito está obligada a hacer pública la situación financiera del prestatario con arreglo al artículo 18 de la KWG. – Cf. Informe anual de BaFin 2005, p. 109 (elevando el umbral al 10% de los fondos propios de garantía o a 0,75 millones de euros).

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

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