Sistema bancario dual
Debido a la normativa legal, la actividad crediticia sólo puede ser llevada a cabo por bancos (bancos comerciales) y la actividad bursátil sólo por empresas especializadas (bancos de inversión, bancos intermediarios). Los bancos universales (instituciones que realizan todo tipo de negocios financieros) están prohibidos. – En EE.UU. se introdujo en 1931 (Ley Glass-Steagall), sólo gradualmente a partir de 1990, y luego se abolió casi por completo en 2000. – En Estados Unidos, la separación hizo que los grandes bancos universales (especialmente de Alemania y Suiza) sólo pudieran operar como competidores en el mercado estadounidense de forma limitada. – En el debate sobre las causas de la crisis de las hipotecas de alto riesgo en 2007 y la crisis financiera que la siguió, muchos expertos recomendaron un retorno general y mundial al sistema bancario de separación. De este modo, se debería dificultar que los depósitos de los clientes se pongan en riesgo por operaciones arriesgadas. – Sin embargo, estas propuestas no reconocen la realidad. En nuestra época, los bancos de inversión y los bancos comerciales están interconectados de muchas maneras. La quiebra del banco de inversión Lehmann Brothers a mediados de septiembre de 2008 lo puso de manifiesto. Se produjo un efecto dominó que sacudió a los bancos de todo el mundo que estaban interrelacionados con los negocios de los demás. – Sin embargo, con la Ley de Blindaje de Riesgos, el legislador alemán siguió básicamente las recomendaciones correspondientes que prescriben una separación legal y organizativa de las operaciones financieras de riesgo del negocio de depósitos de las entidades. Se trata de evitar que las operaciones financieras deficitarias tengan que ser asumidas por los depositantes. – Véase sistema bancario especializado, Ley Glass-Steagall, quiebra de Lehman. – Cf. Informe anual 2013 de BaFin, p. 78 (presentación explicativa de los nuevos requisitos legales).
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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