En el mercado financiero en general, el deber del respectivo proveedor de proporcionar la información que sea prescrita por la ley u ordenada por instrucciones de la autoridad supervisora. Además, la jurisprudencia también ha reconocido la llamada “obligación [deber] de información espontánea”. Esto consiste, sobre todo, en que el banco debe determinar con atención que no se ha reconocido o percibido un determinado peligro por parte del cliente. – En el caso de las ofertas realizadas por medio de la comunicación a distancia, se aplican también, en particular, las disposiciones detalladas en la Ordenanza sobre los deberes de información (BGB-InfoVO). En el apartado 2 del artículo 1 del BGB-InfoVO se especifican ocho obligaciones de información adicionales para los proveedores de servicios financieros. – En Alemania, según el artículo 24c de la Ley bancaria alemana (KWG), los bancos deben mantener todos los datos maestros de los clientes y los datos de las transacciones disponibles para su recuperación automática. Según la Ordenanza de Información sobre Intereses (Zinsinformationsverordnung, ZIV), que entró en vigor en 2005, los bancos también están obligados a proporcionar notificaciones de control sobre los ingresos por intereses a la Oficina Federal Central de Impuestos (Bundeszentralamt für Steuern, BZSt) en Bonn. – Ver Obligación de Información al Inversor, Obligación de Aclaración, Requisito de Autenticación, Operaciones de Derivados-.
Obligación de compensación, obligación de información sobre operaciones de derivados, obligación de información sobre derivados, obligación de edición, obligación de verificación de identidad, información, sobrecarga de información, divulgación de cuentas, obligación de información sobre datos de clientes, sección de estilo libre, ordenanza sobre operaciones de pago, segunda declaración. – Véase el Informe Anual 2010 de la BaFin, p. 208 y siguientes (Principios básicos y práctica de supervisión), así como el respectivo Informe Anual de la BaFin, capítulo “Supervisión de las actividades de negociación de valores y de inversión”,
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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