Instrumento financiero
En el BCE, cualquier acuerdo contractual relativo a los pagos en los que intervienen las instituciones financieras monetarias. – Según el apartado 3 del artículo 2 de la Ley bancaria alemana, un contrato que da lugar a un activo financiero (como dinero en efectivo, un instrumento de capital de otra parte, derivados con un valor razonable positivo, un derecho de pago, por ejemplo, de la entrega de bienes y servicios) para una de las partes implicadas y un pasivo financiero (como un derecho de pago, por ejemplo, de la entrega de bienes y servicios) para la otra parte.
obligación de pagar en efectivo, derivados con valor razonable negativo) flujos. – En el contexto de la contabilidad según la definición de la NIC 39, todos los contratos de los que surja – un derecho financiero, – un pasivo financiero o – un instrumento de capital. – Definido en el lenguaje jurídico alemán según el artículo 1, párrafo 11 de la KWG como valores, instrumentos del mercado monetario, divisas o unidades de cuenta, así como derivados. – Los valores son, aunque no se hayan emitido certificados sobre ellos, – acciones, – certificados de acciones, – bonos, – certificados de participación, – warrants y – otros valores comparables a las acciones o a los bonos si pueden negociarse en un mercado. Los valores también incluyen participaciones en fondos de inversión emitidos por una sociedad gestora de capital o una sociedad de fondos extranjera. – Los instrumentos del mercado monetario son créditos que no entran en esta lista y que suelen negociarse en el mercado monetario. – Los derivados son operaciones a plazo estructuradas como operaciones fijas u operaciones de opciones, cuyo precio depende directa o indirectamente de – la bolsa o el precio de mercado de los valores, – la bolsa o el precio de mercado de los instrumentos del mercado monetario, – el precio de las divisas o de las unidades de cuenta, – los tipos de interés u otros ingresos o – la bolsa o el precio de mercado de las materias primas o de los metales preciosos. – Véase obligación de compensación de operaciones con derivados, obligación de información de operaciones con derivados, derivados financieros, instrumento financiero, sistema financiero, productos financieros, estructurados, fichas de información de instrumentos financieros, registro de productos del mercado financiero, vehículos de reembolso. – Véanse el Informe Mensual del Deutsche Bundesbank de julio de 2004, p. 39 y siguientes (regulación del mercado en la zona del euro), el Informe Mensual del Deutsche Bundesbank de diciembre de 2006, p. 76 y siguientes (introducción del término de la Directiva sobre la adecuación del capital en la KWG), el Informe Anual 2006 del BaFin, p. 113 (bifurcación del término “instrumento financiero” mediante la inserción del § 1a de la KWG), el Informe Anual 2009 del BaFin, p. 53 f. (requisitos de información), Informe Anual de la BaFin de 2011, p. 88 (revisión de la normativa contable; visión general), así como el respectivo Informe Anual de la BaFin, capítulo “Internacional”, Informe Mensual del BCE de noviembre de 2011, p. 81 y siguientes (presentación detallada de los instrumentos de refinanciación para los bancos).
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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