La posibilidad, en virtud del artículo 10c de la Ley bancaria alemana (KWG), de que los préstamos dentro de un grupo de entidades o sociedades financieras de cartera queden exentos del cálculo del riesgo si los préstamos en cuestión no se contabilizan en los fondos propios del deudor. – Véase el Reglamento de Conciliación de los Estados Financieros Consolidados. – Cf. Informe mensual del Deutsche Bundesbank de diciembre de 2006, p. 74 y ss. (allí también otras condiciones), Informe anual del BaFin de 2006 (otras condiciones para el reconocimiento de un riesgo de crédito nulo), Informe mensual del Deutsche Bundesbank de julio de 2014, p. 53 y ss. (sobre las estadísticas de los estados financieros consolidados; panoramas; referencias).

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