Contribución En un sentido muy amplio, cualquier tipo de exacción obligatoria en dinero y/o en especie. – Impuesto especial para el levantamiento y armamento de un ejército (impuesto de guerra, en documentos más antiguos también hostilitium). – Los pagos monetarios impuestos a la población por una potencia vencedora, por ejemplo 10.000 talentos (1 talento = 26,196 kg) de oro, que Cartago tuvo que pagar a Roma en 201 a.C. como reparación de guerra. – Véase charadsch, detz, dinero de la paz, dinero del ejército, dinero de la caballería, manubia, dinero de la ruta de marcha, cuota de obrero, dinero de los cuartos, dinero de la falda, dinero de la satisfacción, leva.
– Impuesto especial para el levantamiento y armamento de un ejército (impuesto de guerra, en documentos más antiguos también hostilitium). – Los pagos monetarios impuestos a la población por una potencia vencedora, por ejemplo 10.000 talentos (1 talento = 26,196 kg) de oro, que Cartago tuvo que pagar a Roma en 201 a.C. como reparación de guerra. – Véase charadsch, detz, dinero de la paz, dinero del ejército, dinero de la caballería, manubia, dinero de la ruta de marcha, cuota de obrero, dinero de los cuartos, dinero de la falda, dinero de la satisfacción, leva.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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