Contrato a plazo en sentido estricto

Contrato celebrado -fuera de mercado, es decir: no negociado en una bolsa reconocida- por dos partes que -según condiciones negociadas individualmente- acuerdan la compra/venta de un activo -en términos de cantidad y calidad precisamente determinado (activo subyacente)- en una fecha fija posterior. – Sin embargo, a diferencia de una opción, el comprador de una operación a plazo no tiene el derecho sino la obligación de entregar o recibir la cantidad acordada contractualmente de un activo subyacente en la fecha especificada. Sin embargo, en la mayoría de los casos, el activo subyacente no se entrega físicamente, sino que la obligación contractual se liquida mediante la correspondiente contrapartida. – La diferencia con un contrato de futuros -a menudo llamado simplemente contrato; por desgracia, la terminología no es uniforme- es que las bolsas de futuros estandarizan las condiciones contractuales de todos los contratos para hacerlos comercializables. – Ver futuros, opción, mercado al contado, bolsa de futuros.

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

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