Entre las partes contratantes en el mercado financiero un acuerdo después de la celebración del contrato (acuerdo de buena voluntad después de la celebración del contrato) y, por tanto, una renuncia a un litigio. – Desde aproximadamente 1970, la cuestión de la buena voluntad en la relación entre el banco y el cliente se ha convertido en un problema. Esto se debe a que las asociaciones de consumidores exigen constantemente la buena voluntad de las instituciones cuando el cliente ignora de forma evidente -y a menudo deliberada y calculada- las condiciones generales.

Atención: La enciclopedia financiera está protegida por los derechos de autor y sólo puede utilizarse con fines privados sin consentimiento expreso!
El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
Dirección de correo electrónico: info@ekrah.com
https://de.wikipedia.org/wiki/Gerhard_Ernst_Merk
https://www.jung-stilling-gesellschaft.de/merk/

Über Johann Heinrich Jung-Stilling