Como término reglamentario, el conjunto de todas las relaciones intragrupo de un grupo bancario que pueden dar lugar a un pasivo que va más allá de los fondos propios. – Fondo creado en el seno de un grupo bancario, por ejemplo, las cajas de ahorros, que interviene para garantizar la liquidez en caso de que los miembros individuales tengan dificultades. – Un acuerdo entre los participantes en un sistema de transferencia o compensación para compartir cualquier pérdida. Esto puede ocurrir si uno o más participantes no pueden cumplir con sus obligaciones o si el sistema se colapsa. El acuerdo pertinente especifica cómo se reparte la pérdida, si la hay, entre los socios pertinentes (un acuerdo entre los participantes en un sistema de compensación o liquidación sobre el reparto de las posibles pérdidas derivadas del incumplimiento de un participante en el sistema o del propio sistema). – Véase sistemas de liquidación, grupos complejos, conglomerados financieros, sociedad de cartera, supervisor principal, conglomerado, capacidad de riesgo, abuso de TARGET.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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