Aceptación en documentos antiguos
La aceptación de la deuda de una letra de cambio por parte del librado. Al firmar, se convierte legalmente en el aceptante (acceptor, en los documentos más antiguos también corresponsal) con la obligación de pagar el importe de la factura cuando ésta venza; en los documentos más antiguos también se llama aceptación. – Una letra de cambio aceptada por el banco. El cliente suele tener la factura descontada por el banco y devuelve a la entidad el préstamo así concedido (crédito de aceptación) cuando la factura vence. – Véase librado, cavata, descuento, tasa de descuento, idiografía, elegibilidad, factura a caballo, devolución, letra de cambio, crédito de letras.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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