Pago del arado (renta)
En los documentos más antiguos, un pago al señor del señorío en cumplimiento de la obligación (Fron; soccage) – de arar la tierra señorial personalmente y con el propio equipo y el ganado de tiro en determinados días (arado) o – de entregar el grano al señor del señorío (manorial lord). – Antiguamente también la renta por el uso de las tierras de propiedad señorial o comunal. – El término “arado” se refiere aquí, al igual que “casco”, a un área de tamaño variable. El propio arrendatario también se llamaba arador. – Véase Dinero de dispensación, Redención, Hufengeld.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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