En el sentido más amplio – de cualquier obligación de pago, – que se basa en el uso de cualquier servicio de terceros como una – reclamación legítima. – En sentido estricto, una tasa exigida por el Estado que se impone unilateralmente al deudor de la tasa con motivo de servicios públicos precisamente atribuibles, y que está destinada a cubrir los costes incurridos total o parcialmente en relación con este servicio. Por regla general, se distingue entre – tasa administrativa, que se cobra por una medida oficial para regular un caso individual – por ejemplo, permiso de construcción, expedición de pasaporte, etc

permiso de construcción, expedición de pasaportes – y – tasa de utilización, que depende del uso de una instalación, como las tasas de alcantarillado o de recogida de residuos. – Si un pago se exige independientemente de la prestación de un servicio por parte del Estado, se denomina tasa (pública) (en finanzas suele ser el término genérico para los impuestos, tasas, contribuciones y derechos de aduana). – Véase tasa, tasa de adquisición, supervisión bancaria, europea, tasas, gastos bancarios, tasa de tramitación, contribución, charadsch, corretaje, detz, deservites, cargo, precio básico, dinero de cancillería, oferta de cebo, licencia, tasa de placer, margen, tarifa plana, prestanda, comisión, remuneración, tasa de concesión de baile, impuesto, tasa de descubierto, tasa, remuneración.

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

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