Asociaciones público-privadas (APP)
En general, un contrato por el que una empresa privada se hace cargo de las tareas del sector público durante un periodo de tiempo más largo porque la empresa de gestión privada puede realizar estas tareas de forma más rentable. – En particular, la financiación conjunta de proyectos de infraestructura -y aquí también principalmente la construcción de nuevas carreteras- por parte de los bancos, por un lado, y de las autoridades públicas, por otro; ambos socios crearon una nueva empresa con este fin. – La realización de la cuota del quince por ciento de CPP en inversiones infraestructurales prevista en Alemania para el año 2050, aproximadamente, ha fracasado hasta ahora sobre todo por: – la falta de estandarización de los contratos correspondientes, – las normas uniformes a nivel federal para el cálculo de la rentabilidad de los proyectos individuales, – las cuestiones relativas a la obtención de capital propio para las empresas de proyectos individuales y, por último, pero no menos importante, la fuerte resistencia de la administración estatal y los sindicatos. – En septiembre de 2005, entró en vigor en todo el país una Ley de Aceleración de la Colaboración Público-Privada, que mejora las condiciones marco para la colaboración público-privada. En particular, se creó un tratamiento fiscal igual para la contratación pública y la CPP, por ejemplo, eximiendo a una empresa de CPP del impuesto sobre la propiedad y del impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles. Sin embargo, algunas cuestiones relativas a la gestión de riesgos -también en relación con Basilea II- aún no se han aclarado del todo. – Véase coinversión, inversor de referencia, fondo de innovación, préstamo para la construcción de edificios emblemáticos. – Cf. Informe anual del BaFin 2006. p. 147 (facilidades previstas para dichos fondos); Cuestiones económicas 40: Inversión pública y asociaciones público-privadas.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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