Una suposición muy discutida, especialmente en la literatura más antigua, de que el emisor de un instrumento de deuda (valor) ya ha establecido la intención de la obligación al escribirla y firmarla, por ejemplo, en el caso de una letra de cambio. A esto se contraponía el argumento de que primero había que adquirir (comprar) el papel.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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