Supervisión bancaria, europea, tasas (Mecanismo Único de Supervisión. tasas de servicio, tasas de supervisión del MUS)

Se cobra una tasa de supervisión a las entidades supervisadas por los gastos relacionados con la supervisión bancaria europea, principalmente los costes de personal y de material (los costes de personal se calculan con el 60 por ciento del importe total; los costes de viajes, servicios de asesoramiento e informática con el 30 por ciento y los costes de los locales comerciales con el 10 por ciento). Para 2015, el BCE estimó en 260 millones de euros la necesidad total de tasas de supervisión en relación con el MUS. El BCE emitió un reglamento independiente sobre la asignación de esta cantidad a los distintos bancos. Primero se publicó como borrador y luego se debatió con las partes interesadas en una consulta pública, que fue bien recibida por todos. El 30 de octubre de 2014, el BCE publicó el reglamento sobre las tasas de supervisión. – Dado que el MUS está abierto a los países de fuera de la zona del euro, las tasas aumentarán a medida que más países se incorporen al mecanismo de supervisión. – Los bancos supervisados por el MUS tienen la ventaja de que gozan de un nivel de confianza relativamente alto a nivel mundial. Esto reduce sus costes de refinanciación y las instituciones también reciben más depósitos de los clientes. Por lo tanto, no es de esperar que se produzca un aumento de las tarifas para los clientes para compensar las tasas de supervisión adicionales.

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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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Universitätsprofessor Dr. Gerhard Merk

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