Hospital bancario
Propuesta publicada en 2010 por el Consejo de Estabilidad Financiera a raíz de la crisis financiera que se produjo tras la crisis de las hipotecas de alto riesgo y el colapso de grandes entidades de ámbito mundial. – Si posteriormente un banco se declara insolvente, la institución en cuestión es llevada a la fuerza a un hospital bancario por la autoridad supervisora. – Con esta hospitalización, todas las obligaciones de pago de importancia sistémica están cubiertas por una garantía estatal. – Esta garantía se anuncia públicamente de forma clara y temprana para excluir los efectos de contagio. El Estado asume así la responsabilidad de todas las obligaciones sistémicas. – Esto también significa que no hay razón para que las contrapartes cedidas reclamen inmediatamente los créditos existentes. – Esto, a su vez, reduce el peligro de que la crisis de una institución individual se extienda a otros bancos. – La propuesta quiere limitar explícitamente la asunción de responsabilidad por parte del Estado a las obligaciones sistémicas. En el caso de las obligaciones no sistémicas, el inversor o la contraparte siguen siendo responsables. – La distinción entre pasivos sistémicos y no sistémicos, la definición de las características que desencadenan el ingreso obligatorio en el hospital bancario y otros detalles se han debatido en la literatura pertinente, a veces de forma contradictoria. – Véase resolvilidad, banco malo, rescate, banco, sistémico, supervisión bancaria, europeo, banca, limitado, testamento bancario, tamaño confianza, G-Sifi, fondo de emergencia para bancos en crisis, fondo de reestructuración, Sifi oligopolio, principio de demasiado grande para caer, absorción de pérdidas, personal, gravamen de activos, expropiación obligatoria.
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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